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De las Atribuciones del Secretario o Secretaria General Artículo 42.
El Secretario o Secretaria General del
Consejo de Defensa de la Nación tiene las siguientes funciones:
1. Asistir a las reuniones ordinarias o extraordinarias del Consejo
de Defensa de la Nación.
2. Levantar las actas de las reuniones del Consejo de Defensa de la
Nación. 3. Mantener informado al Presidente y demás miembros del Consejo
de las actividades técnicas, administrativas y de investigación que se
realicen en la Secretaría.
4 Asistir al Presidente o Presidenta del Consejo de Defensa de la
Nación en la dirección y coordinación de las reuniones o sesiones de
trabajo de dicho Consejo 5. Apoyar, con el personal profesional especializado y técnico
bajo su dirección y supervisión, el trabajo del Consejo de Defensa de
la Nación y de los diferentes Comités que se constituyan.
6. Realizar seguimiento a las decisiones que se tomen en el Consejo
y en los diferentes Comités que se constituyan.
7. Supervisar el funcionamiento de los sistemas automatizados para
el manejo de la información requerida por el Consejo de Defensa de la
Nación.
8. Velar por el cumplimiento de los requerimientos y solicitudes
que realice el Consejo de Defensa de la Nación a las personas naturales
o jurídicas, de derecho público o privado, de la información y
documentación relacionada con la seguridad y defensa integral de la
Nación necesaria para el cumplimiento de la misión del Consejo. 9. Dictar su Reglamento Interno, previa aprobación del Consejo de Defensa de la Nación y preparar los manuales que sean requeridos para su funcionamiento.
10. Las demás que por su naturaleza le correspondan.
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Reconocimientos que Otorga
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Comisiones que integra el Secretario |
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| Gaceta Oficial No. | Decreto No. | Denominación |
| Ley Orgánica de Seguridad de la Nación del 18 de Diciembre 2002 | 37.594 | Secretario del CODENA |
| 14 Julio 1982, No. 32515 |
1.549 |
Comisión Ad-honoren, asesora en todas las cuestiones sobre el territorio Esequibo (Zona en Reclamación) |
| 03 Enero 1985, 33138 | 444 | Consejo Nacional de Fronteras |
| 23 Abril 1986, 33455 | 1.077 | Comisión Nacional de Ordenación del Territorio |
| 15 Agosto 1986, No. 33534 | 1.161 | Consejo Nacional de Seguridad Alimentaría |
| 14 Marzo 1989, No. 34178 | 68 | Gabinete Sectorial de Asuntos de política Interior y de Seguridad |
| 20 Febrero 1995, No.35657 | 562-15sep95 | Comisión Presidencia Coordinadora del Desarrollo Sustentable del Sur. (PRODESSUR) |
| 18 Mayo 1995, No. 35713 | 666 | Consejo -Nacional de Alimentación |
| Consejo Asesor de Transporte Internacional por carretera | ||
| Consejo Directivo del (IESA) | ||
| Comisión de Derechos humanos | ||
| Comisión Indígena | ||
| Comisión Cuencas Hidrográficas Internacionales | ||
| COBAN | ||
| COPIAF | ||
| COMBIFRON | ||
| PN | ||